La Justicia determinó que «Uber» es una «actividad comercial lícita»

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24 de octubre de 2016.- El juez de instrucción Luis Zelaya desestimó por «inexistencia de delito» la denuncia que el gremio de los taxistas formuló contra 33 conductores de «Uber» por los presuntos delitos de «entorpecimiento del transporte, desobedeciencia, competencia desleal y asociación ilícita».

Zelaya avaló los argumentos del fiscal Ballestero al considerar que en la denuncia no exsite delito sino “un entuerto netamente comercial” y sostuvo que quienes conducen vehículos para “Uber” desarrollan, en ese contexto, “una actividad comercial lícita”. El magistrado agregó que en todo caso podrían existir faltas administrativas o infracciones de tránsito, pero no delitos.

El magistrado insitió en que “no parece lógico que la intención de los acusados esté o haya estado orientada a entorpecer el transporte al que pretenden sumar sus servicios” y subrayó que “todo parece girar en derredor de la disconformidad de los denunciantes con la aparición de un competidor comercial. Sin embargo, todo indica también que este fuero penal no es la vía apropiada para resolver el conflicto”.

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