Nación no autoriza el uso de terrazas y patios internos en bares de CABA

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Por medio de la Decisión Administrativas 1600/2020 publicada este jueves en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional habilitó la atención al aire libre en los locales gastronómicos de la ciudad de Buenos Aires.

La normativa habilita «la actividad gastronómica al aire libre, exclusivamente en vereda, calzada u otros sectores del espacio público, sin el uso de espacios o salones interiores, patios interiores, terrazas jardines o similares», y exceptúa a las personas «afectadas a dicha actividad, exceptuadas del aislamiento social, preventivo y obligatorio».

En su artículo 2 aclara que sólo podrán ofrecer este servicio aquellos comercios que contaran «con habilitación para funcionar al aire libre, en vereda, calzada u otros sectores del espacio público otorgada por la autoridad correspondiente de la jurisdicción con anterioridad al dictado de la presente decisión administrativa«.

Los dueños de los bares y restaurantes deberán además «garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio de Covid-19

 

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