Las milongas tienen su ley

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7 de diciembrre de 2016.- Hoy es un día histórico para las milongas de la Ciudad de Buenos Aires. Luego de muchísimo esfuerzo, se logró la Ley de Fomento para esa actividad. Miles de organizadores, músicos, bailarines y amantes del patrimonio histórico se verán beneficiados con esta norma, que busca una distribución más justa de los fondos públicos para el tango.

La Legislatura porteña instituyó un régimen especial de apoyo financiero a las milongas, similar al que existe en la ciudad de Buenos Aires para el teatro (ProTeatro, Ley 156 y sus modificaciones), para la danza (ProDanza, Ley 340) y para la actividad musical (Régimen de Concertación, Ley 3.022).

Con la protección y fomento dispuestas en la ley que se sancionó este miércoles se realizarán las inversiones necesarias para adecuar los locales de milongas a las normas vigentes y así se reducirá al mínimo su incumplimiento, evitando clausuras masivas .

El ámbito de aplicación de la llamada Ley de Fomento a las Milongas, será el Ministerio de Cultura del gobierno porteño. Se entiende por milonga «la reunión bailable en torno a los géneros musicales tango, vals y milonga, que puede incluir otros ritmos a modo de separadores musicales («cortinas») o en grupos de a tres o cuatro canciones en forma espaciada («tandas») en una proporción no mayor al 30% del total. Su componente indispensable es el baile de tango por parte de la concurrencia pero forman parte importante de la milonga la transmisión del baile y de sus valores a través de la enseñanza, la exhibición de bailarines y la música en vivo», según define el artículo 3°.

Se reconocen la milonga comercial, que tiene fin de lucro y la que tiene sentido social, sin fines de lucro y orientada «a la promoción de los derechos humanos y el desarrollo de estándares uniformes de bienestar y de calidad de vida, atendiendo a necesidades de poblaciones vulneradas o en situación de vulnerabilidad».

Para la ejecución del régimen se creó un Directorio y un Consejo Asesor. El primero, será encabezado por «un/a Director Ejecutivo con reconocida trayectoria vinculada a las milongas y un Director administrativo designados por la autoridad de aplicación» y sus miembros se desempeñarán por dos años pudiendo ser reelegidos; en tanto, el segundo estará compuesto por 6 miembros: 2 por los organizadores de milongas, uno por los maestros y bailarines y coreógrafos del Tango, otro por los Salones de Milonga y/o Clubes y asociaciones que desarrollan actividades deportivas, sociales, educativas y culturales en los diferentes barrios de la Ciudad que realicen Milongas conforme a la resolución 878/06 y dos representantes de la Comisión de Cultura de la Legislatura respetando la proporcionalidad de bloques que la integran.

 

 

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