La Justicia admite tramitar un amparo colectivo contra el DNU

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La Justicia admite tramitar un amparo colectivo contra el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) publicado por Javier Milei. Lo resolvió el Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal n°2 que dio lugar al recurso presentado por el Observatorio del Derecho a la Ciudad y ordenó su inscripción en el Registro de Procesos Colectivos.

La resolución que lleva la firma del Juez Federal Esteban Furnari fue publicada durante la madrugada del viernes y por la mañana se dió de alta en el sistema. La misma enuncia «admitir que la presente acción tramite como amparo colectivo en los términos del artículo 43 C.N y ordenar su inscripción en el Registro de Procesos Colectivos de conformidad con lo previsto en el punto III de la acordada CSJN 12/2016».

El amparo del Observatorio del Derecho a la Ciudad argumenta que el megadecreto constituye una «desviación de poder y un abuso de derecho público, por violar el principio republicano, la división de poderes, la democracia, el principio de reserva de ley y los derechos colectivos de la ciudadanía argentina a la participación en la dirección de los asuntos públicos directamente o a través de sus representantes”.

Además pretende que se declare la inconstitucionalidad del DNU N° 70/2023 y de toda normativa o acto que derive de su vigencia o que fuera dictado en su cumplimiento, por violar la Constitución de la Nación Argentina (arts. 29, 33, 36, 76; art. 75, incisos 18 y 19, art. 99, inciso 3) y constituir el ejercicio de facultades extraordinarias y facultades equivalentes a la suma del poder público.

Buenos Aires Sos

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