El Gobierno modificó la regulación de la Propiedad Intelectual
— 28 agosto, 2024 0 8
El principal cambio que presenta la norma es que ahora esta normativa también apunta a la reproducción realizada por «medios mecánicos, electrónicos o digitales, incluyendo internet«. Así, los nuevos medios de comunicación, como las plataformas de streaming, se verán afectadas por la regulación.
El decreto también indica que los autores tienen derecho a recibir una remuneración equitativa “de cualquier persona que, en forma ocasional o permanente, obtenga un beneficio económico directo o indirecto con la utilización pública de una obra” o que bien, realice un evento con dichas obras. Por el momento, el decreto no detalló como será el pago para los autores y de que manera se determinará que publicaciones de internet abonarán y cuales no.
LOS CAMBIOS EN EL SADAIC
El decreto publicado en el Boletín Oficial también presentó cambios sustanciales en la recaudación de SADAIC. El texto detalló que no existirá ejecución pública de una obra cuando «la misma se desarrolla en un ámbito privado, sea este de ocupación permanente o temporal«.
De esta manera, lugares como los hoteles y alojamientos turísticos se verán librados de pagar un porcentaje a Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música por la reproducción de música en eventos privados.
Por último, el decreto indica que también quedarán exentos de abonar toda reproducción que tenga un «carácter didáctico«. En este último grupo se incluyen eventos como «conmemoraciones patrióticas en establecimientos educacionales oficiales o autorizados por el Estado«. El decreto entró en vigencia a partir de hoy, luego de su publicación en el Boletín Oficial.
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