Escritores marchan por la Ley del Libro y por las jubilaciones

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La Unión de Escritoras y Escritores, incluido el Colectivo LIJ (literatura infantil y juvenil), se movilizan hoy al mediodía al Congreso para exigir el tratamiento inmediato de dos proyectos de ley.

El primero es la Ley del Libro, un proyecto presentado por Daniel Filmus cuando era diputado que busca crear el Instituto Nacional del Libro Argentina. La normativa pierde estado parlamentario en diciembre, por eso la celeridad para que comience su tratamiento.

María Inés Krimer, vocal de la comisión de Políticas Públicas de la Unión de Escritoras y Escritores, explicó al medio Página 12: “ Al no existir un organismo que piense al libro como bien cultural, cada uno de los actores del sector editorial busca salvarse como puede y, en momentos de crisis como el actual, quienes generamos los contenidos de los libros carecemos de ayudas suficientes y vemos vulnerados nuestros derechos”.

A su vez agregó: “una de las observaciones, entre otras, que formulamos al proyecto de Filmus, es la definición de libro argentino: el ISBN se obtiene solo con llenar un formulario. Creemos que los subsidios y beneficios de este Instituto deberían estar dirigidos, en especial, a la creación autoral, traducción, diagramación, ilustración e impresión argentinos

El otro proyecto por el que se va a reclamar en la movilización es el presentado por la diputada del Frente de Izquierda, Romina del Plá, que busca crear un Régimen Nacional de Jubilación del/la Escritor/a y del traductor/a literario/a, destinado a personas nacidas en el país o extranjeros que acrediten 15 años de residencia en Argentina.

La normativa instruye que les beneficiaries deberán tener una edad mínima de 60 años, acreditar ante el Ministerio de Cultura de la Nación una trayectoria pública en la escritura o traducción no inferior a 15 años, haber publicado 5 obras de creación propia o 20, si incluyen coautoría artística, escritas en lengua castellana o cualquiera de las lenguas originarias. En el caso de los traductores, el número de publicaciones deberá ascender a 15 libros o 20, si incluyen coautoría artística sobre la traducción.

Del Plá aseguró que: “la mayoría de las personas que escriben o traducen con finalidades artísticas y literarias se dedican a esta tarea después de duras jornadas de trabajo en otros oficios, ajenos a la actividad artística. Muchas otras de esas personas se hallan desocupadas. Y una mínima parte de ellas puede dedicarse plenamente al trabajo en ámbitos afines a su actividad específica. Por otra parte, la mayor parte de las escritoras y los escritores se ve obligada a pagar de su bolsillo las ediciones de sus obras, carece de la cantidad y calidad de subsidios necesarios para desarrollar sus actividades y no goza de la difusión de su trabajo en los medios de comunicación. Por no tener una relación de dependencia laboral clara, carecen de beneficios jubilatorios y de servicios sociales que les brinden cobertura médica”.

En el artículo 7° se establece que recibirán “una asignación mensual, de carácter personal, intransferible y vitalicia”, equivalente a tres veces el haber mínimo de las prestaciones a cargo del Régimen Previsional Público del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones. En diciembre, con el aumento del 5 por ciento, el haber mínimo será de 19.035 pesos. La jubilación para escritores y traductores sería de 57.105 pesos.

Buenos Aires Sos

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