Cuál es el protocolo para los shoppings porteños

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El protocolo para el acceso a los shoppings de la Ciudad, que fueron autorizados a reabrir, contempla la toma de la temperatura, el uso obligatorio del tapabocas, una permanencia que no supere los 90 minutos y un tope al ingreso para respetar el distanciamiento social recomendado para evitar contagios de coronavirus.

Así lo informó el Gobierno porteño, luego de la habilitación otorgada a través de un decreto de la Jefatura de Gabinete nacional, para que los centros comerciales situados en el ámbito porteño puedan volver a funcionar luego de permanecer cerrados desde el inicio del aislamiento obligatorio.

En ese sentido, entre las medidas en el protocolo para esa actividad se estableció la disposición en los ingresos a los shoppings de alcohol en gel y sanitizantes, así como la toma de la temperatura a los clientes y a los trabajadores.

También, se establecerá una limitación en los accesos para evitar aglomeraciones, tal como ocurre en los supermercados, para respetar una capacidad determinada en el interior del lugar prevista en una persona cada 15 metros cuadrados.

En otro orden, el protocolo señala que el tiempo de permanencia tanto para los clientes, concurrentes y proveedores «nunca podrá ser superior a los 90 minutos» y se recomendará a las personas concurrir solas.

Para los patios de comida, en tanto, podrán funcionar los locales gastronómicos «que se encuentran en terrazas o patios internos al aire libre, deberán adecuar su funcionamiento a lo establecido en los protocolos aprobados para el desarrollo de su actividad al aire libre»; mientras que los que estén bajo techo podrán funcionar con la modalidad «para llevar».

Los cines y las zonas de juegos para los niños y niñas no estarán habilitados en esta etapa; al tiempo que para el sector de los sanitarios se prevé un refuerzo en la desinfección de esas instalaciones, en las cuales de deberá «minimizar la cantidad de personas que las utilicen en forma simultánea de modo de respetar la distancia mínima de 2 metros».

Por último, el traslado de los trabajadores de los shoppings desde y hasta su domicilio quedará a cargo de los empleadores a fin que no utilicen el servicio público de transporte de pasajeros de colectivos, trenes y subtes.

«Para ello podrá contratar servicios de transporte automotor urbano y suburbano de oferta libre, vehículos habilitados para el servicio de taxi, remis o similar, siempre que estos últimos transporten en cada viaje un solo pasajero», precisa el protocolo publicado.

 

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