Colectivo de arquitectas preocupadas por el Distrito Joven-Costanera Norte

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Un colectivo de más de 300 arquitectas,  envió una carta a la Legislatura de la Ciudad  en la que ponen de manifiesto su preocupación con el Proyecto de Ley que, a partir de dar norma como Urbanización Determinada ”U14- Distrito Joven – Costanera Norte”, admite la venta y/o concesión de 32 has sobre la ribera del Río de la Plata.

La carta destaca la necesidad de preservar las escasas reservas de suelo urbano existente como espacios verdes y que resulta imprudente aprobar este proyecto en forma individual, en el marco de la actual revisión del Código Urbanístico y del Plan Urbano Ambiental.

La carta completa: 

Las abajo firmantes nos dirigimos a Ud. para manifestar nuestra preocupación con el Proyecto de Ley N°2094-J-2020 (2020-13-GCBA-AJG) cuya norma urbanística descrita en el Anexo I, como Urbanización Determinada ”U14- Distrito Joven – Costanera Norte” admitiría, una vez más, la venta y/o concesión de las escasas tierras públicas con las que cuenta la Ciudad.

En los últimos años, el Estado se ha desprendido de muchos predios estratégicos para desarrollos urbanos. En esta oportunidad, el proyecto en tratamiento abarca 32 ha. sobre la ribera del Río de la Plata.

Somos parte de un colectivo de arquitectas que trabaja y piensa en la construcción de la Ciudad desde la actividad privada, la universidad y las asociaciones profesionales y comunitarias. Como tal, nos alarma que no se contemple la necesidad de preservar las escasas reservas de suelo urbano existente como espacios verdes de uso público, para las futuras generaciones.

Actualmente estamos transitando una pandemia y aún desconocemos el alcance de las consecuencias ambientales y urbanas ocasionadas por la misma.

La gravedad de los acontecimientos nos convoca a visibilizar que consideramos inadecuado continuar desprendiéndose de un recurso tan escaso y no renovable como la tierra pública. Por el contrario, tenemos la certeza de la importancia que tienen, para la salud y la sustentabilidad, los espacios verdes de acceso irrestricto al uso público.

Cabe destacar que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece en su art. 8: ¨los espacios que forman parte del contorno ribereño de la ciudad son públicos y de libre acceso y circulación ̈. Asimismo, en el Capítulo IV Ambiente ordena “la protección e incremento de los espacios públicos de acceso libre y gratuito, en particular la recuperación de las áreas costeras y garantizar su uso común”. En el mismo sentido, el Plan Urbano Ambiental, (ley marco a la que debe ajustarse la normativa urbanística y las obras públicas), establece en su art. 9, inc. C ítem 4: ̈ destinar a uso público los predios de dominio estatal que se desafecten en las riberas ̈.

Asimismo, se ha anunciado recientemente la actualización del Plan Urbano Ambiental y la Legislatura se encuentra tratando una reforma al Código Urbanístico, para corregir el sancionado en 2018, por lo cual resultaría imprudente aprobar un proyecto de ley en forma individual, que afecta a una gran cantidad de tierras costeras.

Por lo expuesto, apelando no sólo a la Constitución y normativa vigente, sino al más profundo sentido de solidaridad con las generaciones futuras, se solicita el archivo del proyecto de ley, y la preservación de la totalidad de las tierras -objeto del mencionado Proyecto- para uso y utilidad pública.

Saludan atentamente,

Colectivo de Arquitectas

Buenos Aires Sos

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