Milei deroga la Ley de Alquileres. Qué dice el DNU

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La primera medida destacada del DNU es la derogación de la Ley N° 27.551, marcando un quiebre con la legislación existente en materia de alquileres. A continuación, se detallan algunas de las modificaciones más relevantes introducidas por el DNU:

  • Concepto de Obligación de Dar Dinero: El artículo 250 del DNU sustituye el artículo 765 del Código Civil y Comercial, estableciendo claramente que la obligación es de dar dinero si el deudor debe cierta cantidad de moneda, determinada o determinable. Además, se destaca que los jueces no pueden modificar la forma de pago o la moneda pactada por las partes.
  • Libertad de Contratación: El artículo 252 del DNU sustituye el artículo 958 del Código Civil y Comercial, enfatizando la libertad de las partes para celebrar contratos y determinar su contenido, dentro de los límites impuestos por la ley o el orden público. Las normas legales se aplican supletoriamente a la voluntad de las partes expresada en el contrato.
  • Control Judicial de Cláusulas Abusivas: El artículo 254 del DNU sustituye el artículo 989 del Código Civil y Comercial, estableciendo que la aprobación administrativa de cláusulas generales no obsta a su control judicial.
  • Plazo de Locación de Inmueble: El artículo 256 del DNU sustituye el artículo 1198 del Código Civil y Comercial, estableciendo que el plazo de las locaciones será el establecido por las partes. En caso de no establecerse plazo, se atenderá a los usos y costumbres o a plazos específicos para diferentes destinos.
  • Moneda de Pago y Actualización: El artículo 257 del DNU sustituye el artículo 1199 del Código Civil y Comercial, permitiendo que los alquileres se establezcan en moneda de curso legal o extranjera, según el acuerdo de las partes. También se permite pactar el ajuste del valor de los alquileres mediante índices acordados por las partes.
  • Resolución Anticipada: El artículo 262 del DNU sustituye el artículo 1221 del Código Civil y Comercial, otorgando al locatario la posibilidad de resolver el contrato en cualquier momento, abonando el diez por ciento (10%) del saldo del canon locativo futuro.

Estos cambios, impulsados por Milei a través del DNU, generan un impacto significativo en el marco legal de los contratos de alquiler, abriendo el debate sobre la libertad contractual y la intervención del Estado en las relaciones privadas.

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