
Autorizan a los puestos de diarios a prestar servicios de correo
— 4 septiembre, 2025 0 0
Mediante un decreto firmado por el presidente Javier Milei, el Gobierno derogó el marco jurídico que regulaba la venta y distribución de diarios, revistas y afines en la vía pública y propuso un nuevo funcionamiento para dichos puntos de venta y distribución. Ahora, podrán prestar servicios de correo postal.
La medida, oficializada mediante la publicación del decreto 629/2025 en el Boletín Oficial, busca promover los principios constitucionales de libre circulación de bienes, servicios y trabajo en el país. Estos cambios se enmarcan en el proceso de desregulación del servicio postal formalizado en noviembre del año pasado a través del decreto 1005/2024. La reciente publicación recordó que “se desregularon diversos aspectos de la actividad postal, lo que sirve como marco legal para que quienes venden diarios y revistas desarrollan dicha actividad, ya sea con la registración como operador postal o mediante un acuerdo con un operador postal autorizado”.
En relación con la función de las paradas de diarios, autorizaron que puedan prestar servicios de casilla de correo, ampliando su alcance operativo con previa registración como operador postal ante el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) o por convenio con un operador postal autorizado.
Así, los puestos de diario podrán entregar:
- Correspondencia general
- Papelería, paquetería
- Servicios de guarda y depósito
- Reparto de productos adquiridos a través del comercio electrónico
- Tarjetas de crédito y débito
- Documentos de Identidad y Pasaportes.
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